Cuota RETA 2026 2100 €/mes Tramo 9 · tabla general

Cuánto paga un autónomo con 2100 € al mes

En un rendimiento neto mensual medio, la cuota mínima a la Seguridad Social que corresponde abonar en 2026 asciende a 401,47 €/mes, lo que supone 4817,64 € a lo largo del ejercicio, siempre que el autónomo cotice por la base mínima del tramo 9. Sobre la base elegida —que cada profesional puede mover entre el mínimo y el máximo permitidos dentro del tramo— se aplica un tipo total del 31.50 %.

Cuota de autónomo 2026 con 2100 €/mes de rendimiento neto: tramo 9 (tabla general) de la Orden PJC/297/2026, cuota mínima 401,47 €/mes (4817,64 €/año) aplicando el 31.50 % sobre la base de cotización del tramo
Cómo se reparten tus 2100 €/mes de rendimiento neto
Cuota RETA tramo 9: 401,47 €/mes Disponible 1698,53 €/mes (80.9 %)

Rendimiento neto

2100 €/mes

Cuota mínima

401,47 €/mes

Coste anual

4817,64 €

Tarifa plana

80 €/mes

Contexto

Rendimiento neto mensual en el tramo 9, ya claramente por encima de la media nacional de rendimientos declarados por autónomos ante la AEAT. Típico de técnicos especializados y pymes unipersonales asentadas.

El caso de Beatriz Arregui: consultora con cartera recurrente y cuota bajo control

Beatriz Arregui · 44 años · Consultora independiente de RR. HH. y operaciones · Valladolid

Hace seis primaveras, Beatriz Arregui cerró la puerta de su despacho de responsable de Recursos Humanos en una industria vallisoletana y abrió la de su propia consultoría. Hoy reparte la semana entre procesos de selección, rediseño de flujos operativos y formación interna para media docena de clientes que la retienen mediante iguala mensual o le encargan proyectos cerrados con principio y final. El ejercicio se le cierra con un rendimiento neto que orbita los 2.100 € mensuales —lo que factura por esas relaciones estables, descontados los gastos deducibles y su propia cuota a la Seguridad Social—, una cantidad bastante firme que la asienta en el tramo 9 de la tabla general fijada por la Orden PJC/297/2026.

Lejos de quien arranca y siente cada recibo como una amenaza, Beatriz tiene la cuota domesticada dentro de su contabilidad: abona la cuota mínima de 401,47 €/mes cotizando por la base mínima de 1.274,51 € del tramo, un desembolso que suma 4.817,64 € a lo largo de los doce meses. No es el cargo mensual lo que la desvela, sino una inquietud que arrastra desde que sopló cuarenta velas: si esa base mínima, calcada año tras año, le bastará para una pensión que esté a la altura del nivel de vida que ha levantado. Por eso este invierno, frente a su gestora y una hoja de cálculo, empezó a tantear la idea de elevar la base por voluntad propia.

El consejo para este perfil

Beatriz, con el negocio rodado y un margen que respira, el desliz más caro sería dejar la cotización anclada en la base mínima durante toda tu trayectoria. Te alivia el bolsillo hoy y te empobrece la jubilación mañana. Para tu perfil concreto, mi sugerencia es nítida: aprovecha que la Tesorería permite reajustar el tramo hasta seis veces al año y diseña una subida escalonada de base —sin saltar de golpe a los 733,95 €/mes que marca el techo del tramo—, de modo que tu esfuerzo de cotización camine al ritmo de tu verdadera capacidad de ingresos. Y dedica cada otoño una sesión con tu gestora a peinar los gastos deducibles: cada euro que dejes bien justificado rebaja el rendimiento neto sobre el que se levantan tanto la cuota como tu IRPF.

Reforma del RETA: del sistema clásico a la cotización por ingresos reales

  1. 2022

    Acuerdo de reforma

    El diálogo social pacta cotizar por ingresos reales en vez de elegir base libremente con topes.

    RD-Ley 13/2022 de 26 julio

  2. 2023

    Entrada en vigor

    Arranca el sistema de 15 tramos por rendimiento neto, con período transitorio 2023-2025.

    RD-Ley 13/2022 efectos 1-1-2023

  3. 2024

    Segundo año de ajuste

    Se actualizan las bases y el MEI sube al 0,80 %.

    Orden ISM/835/2023

  4. 2026

    Orden PJC/297/2026 vigente

    Nueva tabla de tramos, MEI al 0,90 %, base mínima general 950,98 € y máxima 5.101,20 €, con regularización anual sobre el rendimiento real.

    Orden PJC/297/2026

Desglose de los 31,50 % de la cuota

Cotizando por la base mínima del tramo 9, que se sitúa en 1274,51 €/mes, la cuota de 401,47 €/mes se reparte entre cinco conceptos diferenciados, de acuerdo con el artículo 18 de la Orden PJC/297/2026. Cada uno de ellos cubre un riesgo distinto del sistema y, por eso mismo, importa entender qué se está pagando en cada porcentaje. El detalle es el siguiente:

Concepto Tipo Importe mensual

Contingencias comunes

Cubre incapacidad temporal por enfermedad común, maternidad/paternidad y jubilación.

28.30 % 360,69 €

Contingencias profesionales

Cubre accidentes de trabajo y enfermedades profesionales derivadas de la actividad.

1.30 % 16,57 €

Cese de actividad

Prestación equivalente al paro: cobertura cuando se cierra la actividad por causas tasadas.

0.90 % 11,47 €

Formación profesional

Cuota finalista destinada a acciones formativas para autónomos.

0.10 % 1,27 €

MEI (Mecanismo de Equidad Intergeneracional)

Refuerzo del sistema de pensiones; en 2026 sube al 0,90 %.

0.90 % 11,47 €
Total cuota mensual 31.50 % 401,47 €

Para Beatriz esos 401,47 € no son una cifra hermética, sino cinco partidas con destino propio. El grueso, el 28,30 % de contingencias comunes, alimenta su futura jubilación y las bajas por enfermedad. El 1,30 % de contingencias profesionales responde ante accidentes ligados a su oficio. El 0,90 % de cese de actividad funciona como red de seguridad si un cliente de peso se desengancha y la cartera tiembla. El 0,10 % de formación profesional sostiene cursos pensados para autónomos. Y el 0,90 % del MEI —una décima más que el año pasado— apuntala el sistema público de pensiones. Visto así, la cuota deja de parecer un peaje y se entiende como cobertura.

¿Base mínima o base máxima del tramo?

Dentro del tramo, el autónomo elige la base entre la mínima y la máxima. La decisión afecta a la cuota de cada mes, pero también a la base reguladora de la pensión futura y a las prestaciones por incapacidad temporal: condiciona el bolsillo a corto plazo y los derechos a largo.

Opción Base Cuota mensual Coste anual
Cotizar por base mínima del tramo 9 1274,51 € 401,47 € 4817,64 €
Cotizar por base máxima del tramo 9 2330,00 € 733,95 € 8807,40 €

Subir la base a partir de los cuarenta y siete años refuerza la base reguladora de la pensión; antes de esa edad el ahorro inmediato suele pesar más en la decisión.

Tarifa plana para nuevos autónomos

Quien se da de alta por primera vez puede pagar la tarifa plana de 80 € al mes durante doce meses, pero al rebasar el rendimiento los 1.424,50 €/mes (el SMI de 2026, 17.094 € anuales) la prórroga del segundo año no procede en este nivel: pasado el primer ejercicio se vuelve a la cuota del tramo (401,47 €/mes). Aun así, el ahorro del primer año —3857,64 € frente a la cuota ordinaria— sigue mereciendo la pena.

La tarifa plana de 80 €/mes durante doce meses es, para Beatriz, una conversación que clausuró hace seis años, el día que firmó su alta. Conviene que lo tenga grabado, porque es una duda que reaparece entre consultoras ya consolidadas cada vez que ven anuncios de esa cuota reducida: el incentivo está reservado a quien estrena actividad por primera vez —o a quien vuelve tras dos años sin estar de alta—, no es un descuento que se reactive por llevar el RETA al corriente de pago. Y hay un segundo cerrojo: con 2.100 €/mes de rendimiento rebasaría con creces el umbral del salario mínimo que condiciona la prórroga, así que ni dándose de alta hoy podría estirar el beneficio más allá del primer año. Su realidad es, y seguirá siendo, la cuota ordinaria del tramo.

Qué pensión estás construyendo

Aquí late el verdadero nudo del caso de Beatriz. Si cotiza siempre por la base mínima de 1.274,51 €, la pensión que cobrará el día de mañana se calculará sobre una cantidad muy por debajo de lo que de verdad ingresa, porque la base reguladora se nutre de las bases cotizadas, nunca del rendimiento real del negocio. Una consultora que se embolsa con holgura 2.100 € netos al mes pero cotiza por el suelo del tramo está, sin pretenderlo, fabricando la jubilación de alguien que ganara bastante menos. Si trepara de forma voluntaria hacia la base máxima del tramo (2.330 €, con cuota de 733,95 €/mes), pondría sobre la mesa unos 332 € más cada mes, pero engrosaría de manera apreciable esa base reguladora. La regla que repiten muchos asesores —reforzar la base a partir de los 47 años, cuando los tramos finales de cotización pesan más en el promedio— le encaja a la perfección a sus 44.

La pensión se calcula sobre las bases efectivamente cotizadas, no sobre el rendimiento neto declarado. Contrasta siempre tu proyección con tu asesor y con la Seguridad Social.

Consultoría por iguala: IVA y retención mes a mes

La consultoría de recursos humanos y operaciones de Beatriz es una actividad de servicios a empresas, encuadrada en su epígrafe del IAE, y su particularidad práctica nace del formato con el que cobra: la iguala mensual. Cada una de esas cuotas recurrentes que le abonan sus clientes corporativos se factura con un 21 % de IVA y, por tratarse de servicios prestados a sociedades, con la retención de IRPF del 15 % que esas empresas ingresan por ella. Mes a mes, Beatriz ve cómo de cada factura una parte viaja directa a la Agencia Tributaria antes de llegar a su cuenta.

Esa retención no es un impuesto añadido, sino un adelanto del IRPF que se descuenta íntegro en la declaración anual, así que lo relevante para ella es cuadrar bien la previsión para no llevarse sorpresas. En el IVA, liquida trimestralmente con el modelo 303 y descuenta el soportado en sus herramientas de selección y evaluación, el software de videollamada, los desplazamientos a las sedes de sus clientes y la parte afecta de los suministros del despacho doméstico, todos ellos gastos deducibles que afinan su rendimiento neto.

Otros niveles de rendimiento

Así evoluciona la cuota mensual en los niveles de rendimiento más próximos a los 2100 €/mes de esta página, útil para anticipar el efecto de un aumento de facturación antes de comunicar el cambio de tramo en Importass.

Rendimiento neto Tramo Cuota mínima Coste anual
1200 € / mes Tramo 4 299,56 € 3594,72 €
1500 € / mes Tramo 5 302,65 € 3631,80 €
1800 € / mes Tramo 7 360,29 € 4323,48 €
2500 € / mes Tramo 10 427,21 € 5126,52 €
2100 € / mes (actual) Tramo 9 401,47 € 4817,64 €

La progresión por tramos no es lineal: una subida modesta del rendimiento puede saltar de tramo. Para un caso concreto, usa la calculadora interactiva. Ajustar la base cada vez que cambian los ingresos, y no solo una vez al año al regularizar, es el tipo de seguimiento que muchas gestorías llevan incluido en su cuota mensual; existe una herramienta que recomienda la gestoría según los ingresos declarados.

Preguntas frecuentes

Llevo seis años de alta como consultora y facturo unos 2.100 € netos, ¿puedo recuperar la tarifa plana de 80 €?
No, Beatriz, ese tren ya pasó. La tarifa plana se reserva a quien estrena actividad por primera vez o se reincorpora tras al menos dos años sin alta en el RETA (tres si ya la disfrutó en el pasado). No es un premio a la antigüedad ni se reactiva por estar al corriente de pago. Con tu negocio consolidado y ese nivel de ingresos, tu referencia es la cuota ordinaria del tramo 9: 401,47 €/mes cotizando por la base mínima de 1.274,51 €.
Tengo media docena de clientes por iguala mensual, ¿eso me sube la cuota de autónomos?
No. La cuota del RETA mira solo tu rendimiento neto anual —ingresos menos gastos deducibles menos la propia cuota—, y le da igual que tengas seis igualas, un único encargo grande o una mezcla de ambos. Lo que decide el tramo es la cifra neta, no el formato de facturación ni el número de clientes. Con tus 2.100 € mensuales te corresponde el tramo 9 y una cuota mínima de 401,47 €/mes.
Si quiero engordar mi pensión, ¿cuánto más pagaría subiendo a la base máxima de mi tramo?
Cotizando por la base máxima del tramo 9 (2.330 €) tu cuota saltaría a 733,95 €/mes, es decir, unos 332 € más que los 401,47 € de la base mínima. A cambio reforzarías la base reguladora de tu jubilación y elevarías la cuantía de prestaciones como la baja. No hace falta dar el salto entero de una vez: por el portal Importass puedes reajustar el tramo hasta seis veces al año y escalar la base poco a poco, a tu ritmo.
Como consultora de RR. HH. que trabaja desde casa, ¿qué gastos puedo deducir para rebajar el rendimiento neto sobre el que cotizo?
En tu actividad son habituales y deducibles, entre otros, el software de gestión y videollamada, las suscripciones a plataformas de selección o evaluación, la formación continua, los desplazamientos a las sedes de tus clientes, una parte de los suministros del hogar si tienes declarada la afectación parcial del espacio de trabajo, los honorarios de tu gestoría y la propia cuota del RETA. Cada euro acreditado como gasto deducible recorta el rendimiento neto, que es la base común de la cuota de autónomos y del IRPF. Repásalos con tu gestora antes de cerrar el ejercicio.
¿La cuota de autónomos se puede deducir en el IRPF?
Sí. La cuota RETA es un gasto deducible en su totalidad del rendimiento neto de actividades económicas (art. 30 LIRPF). Se consigna en la casilla correspondiente del modelo 100 y también reduce la base sobre la que se calcula la cotización del ejercicio siguiente (ciclo de regularización anual).
¿Qué pasa si el año que viene facturo más o menos?
La Tesorería General de la Seguridad Social regulariza las cuotas anualmente comparando lo cotizado en el año con el rendimiento neto real declarado en IRPF. Si cotizaste por un tramo inferior al que te correspondía, pagas la diferencia; si cotizaste por uno superior, te la devuelven. Se puede ajustar el tramo hasta 6 veces al año a través del portal Importass para minimizar el desajuste.
¿Influye mi comunidad autónoma —incluidas Navarra y País Vasco— en la cuota?
No en la cuota RETA: la fija la Seguridad Social a escala estatal según el rendimiento neto, de modo que un autónomo con 2100 €/mes paga lo mismo en Madrid, en Canarias o en Extremadura: 401,47 €/mes cotizando por la base mínima del tramo. Lo que cambia entre territorios es el IRPF: las comunidades de régimen común aplican su tramo autonómico propio y Navarra y País Vasco una tarifa foral gestionada por sus Haciendas Forales, no por la AEAT. La cuota RETA, eso sí, sigue siendo gasto deducible también en régimen foral.
¿Por qué el importe de mi recibo no coincide con esta cuota mínima?
La cuota mínima que calculamos aquí (401,47 €/mes) es la que sale eligiendo la base mínima del tramo 9. En tu recibo de la TGSS puede figurar otro importe si: (a) elegiste voluntariamente una base superior dentro del tramo, (b) tienes algún recargo activo, (c) eres autónomo societario (su base mínima es mayor, 1.000 € en 2026) o (d) tu rendimiento real al cierre del año cayó en otro tramo y se regularizó. La cifra exacta está siempre en el portal Importass.