Glosario fiscal

Modelo 349

También conocido como: declaración recapitulativa intracomunitaria , 349

Definición

Declaración informativa que detalla las operaciones intracomunitarias realizadas en el periodo: entregas, adquisiciones y servicios con empresarios UE.

El modelo 349 es la declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias del IVA, regulada por el artículo 79 del Real Decreto 1624/1992 (Reglamento del IVA) y por la Orden EHA/769/2010. Recoge entregas, adquisiciones y prestaciones de servicios realizadas con clientes y proveedores empresarios o profesionales identificados en el VIES (Sistema de Intercambio de Información sobre el IVA) de otros Estados miembros de la Unión Europea.

La periodicidad por defecto es trimestral, y pasa a ser mensual cuando las entregas intracomunitarias de bienes y servicios superan los 50.000 € en el trimestre en curso o en alguno de los cuatro anteriores (artículo 81 del Real Decreto 1624/1992). El detalle relevante aquí es que si en cualquier mes del trimestre se rebasa el umbral, se pasa automáticamente a presentación mensual desde ese mes en adelante.

Lo presenta cualquier autónomo o sociedad española dada de alta en el ROI (Registro de Operadores Intracomunitarios) que haya realizado operaciones con empresas de la Unión Europea en el periodo. Si en un trimestre no hay operaciones intracomunitarias, no se presenta el 349 en blanco (a diferencia del 303, que sí se presenta a cero).

Conviene no confundir el 349 con el modelo 303: el 303 ingresa el IVA y el 349 solo informa. Las operaciones intracomunitarias se declaran en ambos modelos y deben cuadrar al céntimo: en el 303 figuran en las casillas 10-11 (adquisiciones) y 59-60 (entregas); en el 349 con desglose por NIF-IVA del operador europeo y clave de operación (E entregas, A adquisiciones, S servicios prestados, I servicios recibidos).

Caso práctico: una agencia de marketing factura 4.500 € a un cliente alemán con NIF-IVA válido en VIES en febrero. La operación es exenta de IVA español. En el modelo 303 del primer trimestre figurará en la casilla 59 (entregas intracomunitarias de servicios) y en el modelo 349 del primer trimestre (con presentación del 1 al 20 de abril) se declarará el NIF alemán, los 4.500 € y la clave "S".

Los errores que con más frecuencia detecta la Agencia Tributaria son declarar al cliente sin verificar que su NIF-IVA está activo en VIES (la operación pierde la exención y debe facturarse con IVA español), olvidar el 349 cuando solo hay servicios prestados sin entregas físicas, o duplicar operaciones B2C con particulares (que no van al 349).

Las sanciones por no presentar el 349 cuando procede ascienden a 20 € por dato omitido, con mínimo de 300 € y máximo de 20.000 € (artículo 198 de la Ley General Tributaria). Si la presentación tardía se realiza sin requerimiento previo de la Agencia Tributaria, se aplica una reducción del 50 % sobre la sanción mínima.

Para procedimiento detallado, casillas, calculadora y casos prácticos consulta nuestra guía completa: Modelo 349 paso a paso →.

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