Glosario fiscal

MEI

También conocido como: Mecanismo de Equidad Intergeneracional , cotización MEI

Definición

Sobrecoste de cotización a la Seguridad Social que entró en vigor en 2023 para financiar la hucha de las pensiones. En 2026 el tipo total es del 0,90 % (0,75 % empresa + 0,15 % trabajador).

El Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI) es una cotización adicional a la Seguridad Social introducida por la Ley 21/2021 para nutrir el Fondo de Reserva de la Seguridad Social, conocido coloquialmente como la "hucha de las pensiones". Está pensado para reforzar la financiación del sistema público ante la jubilación masiva de la generación del baby boom, prevista entre 2025 y 2050, que es precisamente el periodo en el que el MEI desplegará todo su recorrido.

Se aplica desde el 1 de enero de 2023 tanto a trabajadores por cuenta ajena (Régimen General) como a autónomos (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos), de forma uniforme. El tipo va creciendo de manera progresiva cada año hasta alcanzar el 1,20 % en 2029, nivel que se mantiene hasta 2050, según el calendario aprobado en la propia Ley 21/2021 y revisable por reformas posteriores. En 2026 el tipo total se sitúa en el 0,90 % sobre la base de cotización.

Reparto en cuenta ajena 2026: de los 0,90 puntos totales que rigen este ejercicio según la Orden PJC/297/2026, el empresario asume 0,75 puntos y el trabajador los 0,15 puntos restantes (reparto 5/6 - 1/6 fijado en la Ley 21/2021). En la nómina aparece como una línea separada bajo "MEI" o integrada en el apartado de contingencias comunes, según el software de nómina utilizado. El autónomo, por su parte, asume el 100 % del MEI: los 0,90 puntos van íntegros sobre la base elegida.

Conviene matizar una diferencia importante respecto a otras cotizaciones: el MEI no genera derecho directo a prestaciones (no incrementa la futura pensión del trabajador, a diferencia de la cotización por contingencias comunes). Es una aportación finalista al Fondo de Reserva, distinta de la cotización ordinaria. Tampoco debe confundirse con el "complemento por brecha de género" ni con las cotizaciones por contingencias profesionales, que tienen su propio régimen y finalidad.

Caso práctico cuenta ajena 2026: un trabajador con base de cotización de 2.500 € al mes paga una cuota MEI total mensual de 2.500 multiplicado por el 0,90 %, esto es, 22,50 €. De esos 22,50 €, la empresa ingresa 18,75 € (correspondientes al 0,75 %) y el trabajador soporta 3,75 € (el 0,15 %). En la nómina anual el trabajador ve descontados unos 45 € adicionales. Caso autónomo: con base mensual elegida de 1.500 €, la cuota MEI íntegra del autónomo es de 1.500 × 0,90 % = 13,50 € al mes, esto es, 162 € al año, todo a su cargo.

El calendario, fijado por la Ley 21/2021 y desarrollado en las órdenes anuales de cotización, prevé subidas progresivas del MEI: 0,80 % en 2025, 0,90 % en 2026 (ya vigente), 1,00 % en 2027 y así sucesivamente hasta alcanzar el 1,20 % en 2029, nivel en el que se mantiene hasta 2050. La progresión está marcada por ley pero puede revisarse en futuras reformas si la situación demográfica del sistema cambia significativamente. Los errores que conviene evitar incluyen olvidar que el autónomo paga el 100 % del MEI (algunos lo confunden con el reparto del Régimen General) o calcular mal la base cuando se está en situación de pluriactividad.

Para entender cómo impacta el MEI en tu nómina o en tu cuota de autónomo consulta nuestras calculadoras de Seguridad Social →.

Calculadoras donde aparece este término

Conceptos relacionados