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Cuánto pago de IRPF con 40.000 € en Andalucía
En la renta media del mercado laboral español y residiendo en Andalucía, la cuota íntegra del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas en 2026 asciende a 8423,75 €. En la práctica eso supone un tipo efectivo del 21.06 % sobre el conjunto de la renta y un tipo marginal del 30.00 % sobre el último euro declarado.
Renta bruta
40.000 €
Cuota IRPF
8423,75 €
Neto IRPF
31.576,25 €
Tipo efectivo
21.06 %
Contexto
Renta por encima de la media española; cruza el cuarto tramo estatal (35 200-60 000 €) y entra en el tipo marginal del 18,5 % estatal. Cubre también las rentas en torno a 30 000-35 000 €.
Por qué Andalucía tributa así en 2026
Andalucía es la comunidad más poblada de España (8,5 millones de habitantes según último censo INE) y representa aproximadamente el 13 % del PIB nacional, con una economía especializada en agricultura intensiva (almeriense bajo plástico, olivar jienense), turismo costero (Costa del Sol, Costa de la Luz), industria aeronáutica (Airbus en Sevilla y Cádiz) y servicios. El IRPF autonómico recauda en 2025 más de 2.700 millones de euros, gestionados por la Agencia Tributaria de Andalucía con sede principal en Sevilla.
La deflactación completa de la escala autonómica de 2023 y los retoques posteriores de 2024-25 dejan a Andalucía con uno de los marginales más bajos del sur peninsular (22,5 % superior), por debajo de Extremadura (25 %) y Murcia (también 22,5 %). En 2026 la Junta ha mantenido la escala sin nuevas rebajas, aunque persisten las deducciones específicas para vivienda en municipios pequeños (impulso a la España vaciada andaluza) y autoempleo de menores de 35 años, dirigida al colectivo joven que abandona zonas rurales.
Caso práctico: autónoma sevillana de 32 años con base liquidable 35.000 € en 2026 tributa aproximadamente 5.300 € de cuota total (estatal + autonómico Andalucía), con un tipo efectivo cerca del 15 %. La misma autónoma en Extremadura pagaría unos 250 € adicionales (escala más alta) y en Madrid unos 200 € menos (escala más baja). La diferencia con vecinas como Castilla-La Mancha es marginal en tramos bajos pero crece en bases superiores a 60.000 €.
Para detalle completo de tramos y deducciones autonómicas consulta la ficha IRPF de Andalucía.
Desglose del cálculo
El cálculo parte de una renta de 40.000 € y aplica un mínimo distinto en cada escala: en la estatal descuenta el mínimo personal general de 5 550 € previsto en el artículo 57 de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, lo que arroja una base liquidable de 34.450 €, mientras que en la autonómica Andalucía tiene aprobado un mínimo del contribuyente propio de 5790,00 €, que deja la base autonómica en 34.210,00 €. Sobre esas bases operan la escala estatal del artículo 63.1 de la Ley del Impuesto y la escala autonómica de Andalucía publicada en Ley 5/2021, de 20 de octubre, de Tributos Cedidos de Andalucía, art. 23, modificado por Decreto-ley 7/2022.
| Concepto | Importe |
|---|---|
| Rendimiento neto | 40.000 € |
| Mínimo personal (escala estatal) | −5 550,00 € |
| Base liquidable estatal | 34.450,00 € |
| Mínimo del contribuyente autonómico (Andalucía) | −5790,00 € |
| Base liquidable autonómica | 34.210,00 € |
| Cuota estatal (art. 63.1 LIRPF) | 4250,25 € |
| Cuota autonómica Andalucía | 4173,50 € |
| Cuota íntegra total | 8423,75 € |
Cálculo orientativo. No incorpora las deducciones autonómicas específicas, ni la reducción por rendimientos del trabajo prevista en el artículo 20 de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, ni otras reducciones aplicables a situaciones personales concretas (descendientes, ascendientes, discapacidad, planes de pensiones, entre otras).
Posición en el ranking nacional
Para esta franja concreta de ingresos, Andalucía ocupa la posición 11 de las diecisiete comunidades autónomas en el ranking de presión fiscal del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas en España, entendiendo que el primer puesto corresponde al territorio con menor cuota. Andalucía está por encima de la media nacional: tributas 104,90 € más que la CCAA mediana (Galicia).
| Concepto | Valor (€) |
|---|---|
| Andalucía | 8424 |
| Comunidad de Madrid | 7915 |
| La Rioja | 8006 |
| País Vasco | 8950 |
| Comunidad Foral de Navarra | 9147 |
- Andalucía: 8424 €
- Extremadura: 8405 €
- Castilla-La Mancha: 8501 €
- Murcia: 8217 €
Más baratas que Andalucía
- Comunidad de Madrid 7914,73 €
- La Rioja 8005,75 €
Más caras que Andalucía
- País Vasco 8949,80 €
- Comunidad Foral de Navarra 9147,28 €
Por qué Andalucía tributa así
Andalucía tributa en línea con la mediana nacional a este nivel de renta. La cuota supera a la mediana en 104,90 €. Pertenece al grupo intermedio del ranking (posición 11 de 17).
Comparativa con CCAA vecinas
Manteniendo la misma renta de 40.000 €, la tabla siguiente recoge la cuota que afrontaría un residente fiscal en cada una de las comunidades autónomas limítrofes con Andalucía. La columna de diferencia se calcula tomando como referencia la cuota propia de Andalucía, de modo que un valor negativo indica un alivio anual respecto a la situación actual y uno positivo, un sobrecoste.
| CCAA | Cuota IRPF | Tipo efectivo | Dif. vs Andalucía |
|---|---|---|---|
| Andalucía (actual) | 8423,75 € | 21.06 % | — |
| Extremadura | 8404,50 € | 21.01 % | -19,25 € |
| Castilla-La Mancha | 8500,50 € | 21.25 % | +76,75 € |
| Región de Murcia | 8216,95 € | 20.54 % | -206,80 € |
Mismo ingreso bruto y misma metodología de cálculo en todas las filas. Lo único que varía de una comunidad autónoma a otra es la escala autonómica aplicable en función del lugar de residencia fiscal del contribuyente.
Otros niveles de renta en Andalucía
La tabla siguiente recoge la evolución de la cuota del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas en Andalucía para los niveles de renta más cercanos a los 40.000 € analizados. Resulta especialmente útil cuando se quiere anticipar el impacto de una subida salarial o un cambio de tramo, antes de aceptar la oferta o de ajustar la retención con la empresa.
| Renta bruta | Cuota IRPF | Tipo efectivo | Neto después de IRPF |
|---|---|---|---|
| 25.000 € | 4002,95 € | 16.01 % | 20.997,05 € |
| 60.000 € | 15.762,85 € | 26.27 % | 44.237,15 € |
| 75.000 € | 22.059,25 € | 29.41 % | 52.940,75 € |
| 100.000 € | 33.309,25 € | 33.31 % | 66.690,75 € |
| 40.000 € (actual) | 8423,75 € | 21.06 % | 31.576,25 € |
El tipo efectivo crece a medida que sube la renta porque la escala del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas es progresiva: cada tramo adicional tributa al marginal que le corresponde, no al promedio. Esa mecánica explica que dos subidas salariales nominalmente iguales puedan tener un impacto muy distinto en el neto según el tramo en el que se mueva el contribuyente.
Qué supone pagar IRPF con 40.000 € en Andalucía
El perfil de quien declara 40.000 € en Andalucía
Quien obtiene un rendimiento neto de 40.000 € en Andalucía pertenece a una minoría dentro del mapa fiscal de la comunidad. Andalucía es el territorio más poblado del régimen común y, a la vez, uno de los que arrastra una renta media por persona más baja del país: el grueso de las declaraciones se concentra en los escalones bajos de la base liquidable, de modo que 40.000 € no describen a un contribuyente promedio andaluz, sino a alguien situado con holgura por encima de la media. Es el autónomo consolidado —el técnico cualificado, el pequeño comerciante con un negocio asentado— o el profesional liberal con cartera estable de clientes en Sevilla, Málaga o la costa.
El matiz importante es que esa misma cifra significa cosas distintas según dónde se gane, y aquí el coste de vida andaluz juega a favor: cuarenta mil euros rinden, en capacidad adquisitiva real, más en Granada o en Jaén que en Madrid o en Barcelona, donde la vivienda y el día a día se comen una porción mayor del ingreso. Este nivel coloca a quien lo declara en una posición desahogada respecto a su entorno, con margen para ahorrar, amortizar inversiones del negocio o sostener una familia con tranquilidad. No es una renta alta en el sentido en que lo entiende Hacienda al diseñar los tramos superiores, pero sí claramente una renta media-alta dentro del contexto socioeconómico de la comunidad. Esa doble lectura —cómoda en lo local, intermedia en lo nacional— define al contribuyente de esta página: el autónomo que llega a la campaña de renta notando ya el peso del impuesto pero sin moverse aún en las ligas donde los tipos se disparan, que percibe que cada euro adicional le cuesta más que el anterior y se pregunta si compensa facturar más o si su comunidad le ayuda o le penaliza.
En qué tramos cae una renta de 40.000 €
La clave para no equivocarse con 40.000 € es comprender que el impuesto no se aplica de golpe sobre el total: la base liquidable se trocea en escalones y cada tramo soporta su propio tipo. La escala estatal del IRPF (artículo 63.1 de la Ley 35/2006) fija sus cortes en 12.450 €, 20.200 €, 35.200 €, 60.000 € y 300.000 €. Una renta de 40.000 € atraviesa por completo los tres primeros peldaños y penetra en el cuarto tramo estatal, el que abarca de 35.200 a 60.000 €, sin agotarlo. Ese cuarto tramo marca su carácter: el último euro ganado tributa al tipo marginal de ese escalón estatal, mientras que los primeros 35.200 € han pagado, peldaño a peldaño, tipos inferiores.
De ahí nace la distinción que más confusión genera: una cosa es el tipo marginal —el que se aplica al tramo más alto en el que cae la renta, el coste fiscal del siguiente euro— y otra muy distinta el tipo medio efectivo, que divide la cuota total entre toda la base y es siempre menor que el marginal. A 40.000 €, esa diferencia es ya apreciable, porque la mayor parte de la renta ha tributado en los escalones bajos y solo la porción que excede de 35.200 € soporta el tipo más alto: quien interprete su factura como si todos sus euros pagaran al marginal cometerá un error de bulto, porque el efectivo es notablemente más suave.
Situarse aquí coloca al contribuyente en la zona donde la progresividad del IRPF empieza a apretar de verdad pero todavía sin asfixiar. Por debajo de 35.200 € se vive en la parte amable de la tarifa; al cruzar ese umbral cada euro adicional tributa sensiblemente más caro, y por eso 40.000 € es una renta-frontera, situada en el primer tercio del cuarto tramo, con colchón amplio antes del siguiente corte de los 60.000 €. Sobre esa base operan de forma conjunta la escala estatal y la autonómica de Andalucía, y es esta segunda la que introduce el factor diferencial de residir en el Sur.
Cómo pesa la escala autonómica de Andalucía a este nivel
Aquí la comunidad de residencia deja su huella, y en Andalucía es, a este nivel de renta, claramente favorable. El rasgo definitorio del IRPF autonómico andaluz es la deflactación de su escala operada por el Decreto-ley 7/2022, que elevó los umbrales de cada tramo y rebajó los tipos de los escalones medios. Tras ese ajuste, sin reversión posterior, Andalucía pasó de tener uno de los marginales autonómicos más altos del régimen común a la franja media-baja, con un marginal máximo moderado reservado solo a las rentas superiores a 60.000 €.
Para una renta de 40.000 € el dato decisivo es que su tramo autonómico relevante —el que la escala andaluza aplica a la franja entre 35.200 y 60.000 €— coincide en su corte con el cuarto tramo estatal, y Andalucía lo grava de forma contenida, por debajo de Cataluña, la Comunidad Valenciana o Asturias y en línea con las autonomías más competitivas. Dicho de otro modo: un mismo rendimiento neto de 40.000 € soporta una cuota autonómica más liviana siendo residente fiscal en Andalucía que en buena parte de las comunidades del litoral mediterráneo o del norte, y esa ventaja se concentra en el rango de renta media donde Andalucía es más sólida.
Conviene no exagerar el efecto: la ventaja andaluza es real y notable en el tramo de renta media —ese intervalo entre 20.000 y 40.000 € donde la comunidad despliega su escala más afilada—, pero se estrecha a medida que la renta sube hacia las cifras altas, terreno en el que alguna autonomía competidora termina batiendo a Andalucía. A 40.000 €, sin embargo, el contribuyente está en el corazón de la franja donde la escala andaluza luce mejor, lo que convierte la residencia en Andalucía en un factor que, para esta renta, juega a favor del bolsillo. Quien quiera afinar el detalle puede consultar la ficha de IRPF de Andalucía.
Deducciones que importan con 40.000 € en Andalucía
El panorama de las deducciones autonómicas andaluzas obliga a una advertencia incómoda para quien declara 40.000 €: una parte importante de los alivios más jugosos está condicionada a límites de base imponible que esta renta supera. La deducción por familia numerosa y la prevista para personas con discapacidad exigen no rebasar los 25.000 € en tributación individual o los 30.000 € en conjunta, umbrales que un rendimiento neto de 40.000 € deja atrás: a este nivel, varias de las deducciones familiares más conocidas de Andalucía quedan fuera de alcance, y planificar la declaración contando con ellas sería un error.
No todo queda vetado, sin embargo. La deducción por nacimiento, adopción o acogimiento de menores —de cuantía moderada por hijo y reforzada en los municipios con riesgo de despoblación— no aparece atada a esos límites estrictos de base imponible, de modo que un autónomo con 40.000 € que haya tenido un hijo en el ejercicio puede beneficiarse de ella, sobre todo si reside en una de las muchas localidades del interior andaluz incluidas en la lista de despoblación, donde el importe se eleva: en la lógica de la Andalucía vaciada, la elección del municipio llega a tener un efecto fiscal tangible.
La deducción por alquiler de vivienda habitual para colectivos protegidos —un porcentaje de lo pagado en el año, con un tope anual— es una de las palancas más potentes de la escala andaluza, pero está pensada para jóvenes menores de 35 años, mayores de 65 o personas en situaciones de especial protección, y suele acompañarse de requisitos de renta que un rendimiento de 40.000 € difícilmente cumplirá; por su diseño pesa mucho más en las rentas bajas que en la franja media-alta de este contribuyente. Lo razonable, por tanto, es que quien declara 40.000 € en Andalucía no construya su estrategia sobre las deducciones autonómicas —que aportarán poco salvo el supuesto de nacimiento— sino sobre las herramientas de alcance general: aportaciones a sistemas de previsión social, correcta imputación de gastos deducibles de la actividad y aprovechamiento de los mínimos personal y familiar, que Andalucía aplica en su versión estatal sin elevación añadida. El verdadero ahorro, a este nivel, está en gestionar bien la base, no en perseguir deducciones de cuota a las que la renta cierra la puerta.
Qué cambia al subir o bajar de tramo desde 40.000 €
Situarse en 40.000 € invita a pensar en términos de decisiones. Hacia arriba, mientras no se superen los 60.000 € se sigue dentro del cuarto tramo estatal y del escalón autonómico equivalente: una subida de facturación que mantenga la renta por debajo de esa cifra encarece el euro adicional al tipo marginal del tramo, pero no dispara la presión a un nuevo nivel. El salto cualitativo llega al cruzar los 60.000 €, donde tanto la escala estatal como la andaluza activan tramos superiores y el marginal da un escalón notable; ahí conviene calibrar si el esfuerzo extra compensa o si interesa diferir renta mediante aportaciones a planes de previsión. Hacia abajo, descender de 35.200 € devuelve al contribuyente a la parte más amable de la tarifa, donde Andalucía despliega su escala deflactada con mayor ventaja relativa.
Y en cuanto a la decisión de cambiar de residencia que algunos profesionales sopesan, el mensaje para esta renta es tranquilizador: en la franja media Andalucía es una de las comunidades fiscalmente más competitivas del régimen común, de manera que mudarse buscando un IRPF más bajo rara vez compensará a 40.000 €, y nunca sin recordar que la residencia fiscal exige residencia real, que la Administración comprueba con creciente intensidad.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto pago de IRPF con 40.000 € brutos en Andalucía?
¿Este cálculo incluye cotizaciones a la Seguridad Social?
¿Qué CCAA paga menos IRPF con 40.000 €?
¿Cambia la cuota si soy trabajador por cuenta ajena o autónomo?
¿Cómo consulto las deducciones autonómicas de Andalucía?
¿Por qué pago más IRPF en una CCAA que en otra con los mismos 40.000 € brutos?
¿Qué diferencia hay entre tipo marginal y tipo efectivo en mi caso?
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