Comparativa IRPF Comunidad Foral de Navarra vs La Rioja Ejercicio 2026 Incluye régimen foral

IRPF Comunidad Foral de Navarra vs La Rioja

Comparativa clásica de frontera entre el régimen foral de la Comunidad Foral de Navarra y el régimen común aplicado en La Rioja.

Por Cristian Corrales Fuentes: Ley 35/2006 del IRPF y escalas autonómicas Revisado el

Importante — Régimen foral: Comunidad Foral de Navarra tributa al amparo del Convenio Económico, lo que implica que sus tramos representan ya el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas total y no se acumulan a la escala estatal como ocurre en las comunidades de régimen común. Además, en ambos regímenes el mínimo personal se valora en cuota (no reduce la base liquidable): en el territorio foral del par es una minoración de importe fijo, escalonada según la renta en Navarra (1.084 € generales más un incremento para rentas bajas) y de 1.615 € en el País Vasco. Las cuotas forales de esta comparativa ya incorporan esa deducción.

Contexto

La Comunidad Foral de Navarra tributa por convenio económico con tramos propios que sustituyen íntegramente a la escala estatal del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, de modo que no hay tramo estatal añadido. La Rioja, en cambio, aplica el régimen común con su escala autonómica complementaria.

Para los autónomos y trabajadores del entorno de Logroño, Tudela o Calahorra, la elección del domicilio fiscal puede marcar un diferencial de varios miles de euros al año en rentas medias y altas, sobre todo cuando se cruza una distancia administrativa muy corta y la movilidad laboral entre ambos territorios es intensa.

Escalas autonómicas 2026

Comunidad Foral de Navarra

DesdeHastaTipo
0 € 4458 € 13,00 %
4458 € 10.030 € 22,00 %
10.030 € 21.175 € 25,00 %
21.175 € 35.663 € 28,00 %
35.663 € 51.266 € 36,50 %
51.266 € 66.869 € 41,50 %
66.869 € 89.159 € 44,00 %
89.159 € 139.310 € 47,00 %
139.310 € 195.034 € 49,00 %
195.034 € 334.344 € 50,50 %
334.344 € ∞ 52,00 %

Fuente: Decreto Foral Legislativo 4/2008 Texto Refundido IRPF Navarra, modificado por Ley Foral 22/2023 de 26 de diciembre (deflactación 3 %, art. 59.1)

La Rioja

DesdeHastaTipo
0 € 12.450 € 8,00 %
12.450 € 20.200 € 10,60 %
20.200 € 35.200 € 13,60 %
35.200 € 40.000 € 17,80 %
40.000 € 50.000 € 18,30 %
50.000 € 60.000 € 19,00 %
60.000 € 120.000 € 24,50 %
120.000 € ∞ 27,00 %

Fuente: Ley 10/2017, de 27 de octubre, por la que se consolidan las disposiciones legales de la Comunidad Autónoma de La Rioja en materia de impuestos propios y tributos cedidos, modificada por Ley 13/2023 de 22 de diciembre de medidas fiscales y administrativas (BOE-A-2024-1778)

Seis escenarios de renta

La tabla siguiente recoge la cuota total del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, sumando tramo estatal y tramo autonómico. Se aplica sobre el rendimiento neto anual de cada contribuyente, partiendo del mínimo personal general de cinco mil quinientos cincuenta euros en la escala estatal. Todo ello sin entrar a considerar las deducciones autonómicas específicas, que se detallan más abajo.

En ambos regímenes el mínimo personal se valora en cuota. En el territorio foral del par es una minoración de importe fijo, y las cifras de la tabla ya la incorporan. Los importes proceden de nuestro motor de cálculo, que aplica los tramos oficiales en vigor para el ejercicio 2026.

Rendimiento neto Cuota Comunidad Foral de Navarra Cuota La Rioja Diferencia Gana
18.000 € 1.479,08 € 2.461,80 € 982,72 € Comunidad Foral de Navarra
25.000 € 3.976,63 € 4.331,80 € 355,17 € Comunidad Foral de Navarra
35.000 € 7.378,63 € 7.191,80 € 186,83 € La Rioja
50.000 € 12.797,28 € 12.671,40 € 125,88 € La Rioja
70.000 € 21.112,25 € 21.121,40 € 9,15 € Comunidad Foral de Navarra
100.000 € 34.637,48 € 35.221,40 € 583,92 € Comunidad Foral de Navarra

Veredicto

En las rentas bajas el resultado sorprende: a dieciocho mil euros Navarra resulta casi mil euros más barata, porque la deducción foral por mínimo personal se incrementa para las rentas bajas y compensa con creces el arranque más alto de su escala, y a veinticinco mil la ventaja navarra todavía ronda los trescientos cincuenta euros.

Entre treinta y cinco mil y cincuenta mil euros La Rioja pasa a ser ligeramente más barata, por menos de doscientos euros anuales; a setenta mil las dos cuotas son prácticamente idénticas, y a cien mil vuelve a ganar Navarra por casi seiscientos euros. El diferencial puro de cuota es, por tanto, pequeño para las rentas medias y favorable a Navarra en los extremos.

Conviene recordar, además, que para residir fiscalmente en Navarra hay que permanecer en su territorio más de ciento ochenta y tres días al año de forma efectiva, requisito que la Hacienda Foral verifica con creciente rigor.

El corredor Comunidad Foral de Navarra–La Rioja en la práctica

Pocas fronteras autonómicas son tan fiscalmente nítidas como la del Ebro entre Tudela y Calahorra.

Apenas veinticinco kilómetros de la N-232 y de la AP-68 separan dos mundos tributarios: en la orilla navarra rige la Hacienda Foral de Navarra, cuya escala propia del IRPF sustituye por completo a la estatal en virtud del Convenio Económico; en la riojana se aplica el modelo de régimen común, con el tramo estatal y el autonómico de La Rioja sumados. No es una diferencia de matices: son dos sistemas de recaudación distintos que conviven en el mismo valle.

El perfil que se plantea el salto es muy concreto. Trabajadores de la Ribera —agroalimentaria, logística, conserveras— que viven en Alfaro o Calahorra y trabajan en el polígono de Tudela, o al revés. También familias de Logroño que estudian comprar al otro lado por precio de vivienda, sin reparar al principio en que cambian de hacienda.

Aquí el criterio de los 183 días se vuelve decisivo y delicado: residir habitualmente en La Rioja pero trabajar en Navarra no traslada tu IRPF a la Foral; tributas donde está tu vivienda habitual y tu centro de intereses, no donde cobras la nómina. Antes de decidir conviene comparar con frialdad la escala foral navarra frente al tramo riojano, porque el resultado neto cambia según el tramo de renta.

Deducciones destacadas

Comunidad Foral de Navarra

  • Régimen de estimación directa propio. Navarra tiene su propio sistema de cuantificación de rendimientos de actividades económicas, con reglas específicas para dietas, amortizaciones y gastos deducibles.
  • Deducción foral por inversión en vivienda. Deducción específica de Navarra por adquisición o rehabilitación de vivienda habitual.
  • Mínimo foral personal y familiar. Sistema propio de mínimos personales y familiares distinto al estatal.
  • Deducciones por actividades emprendedoras. Deducciones específicas por inversión en empresas de nueva creación con sede en Navarra.
Ficha completa IRPF Comunidad Foral de Navarra →

La Rioja

  • Adquisición vivienda habitual para jóvenes. Deducción por adquisición de vivienda habitual para contribuyentes menores de 36 años.
  • Rehabilitación vivienda habitual. Deducción por obras de rehabilitación, mejora de eficiencia energética y adaptación a discapacidad.
  • Inversión en empresas riojanas. Deducción por suscripción de acciones o participaciones en empresas de nueva creación con sede en La Rioja.
  • Nacimiento o adopción. Deducción por nacimiento o adopción, con importes progresivos según hijo.
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Preguntas frecuentes

Vivo en Calahorra (La Rioja) pero trabajo en una empresa de Tudela (Navarra): ¿a qué hacienda pago el IRPF?

Pagas a la Hacienda riojana en régimen común, no a la Foral de Navarra, porque tu residencia habitual está en Calahorra. El IRPF se determina por dónde resides (vivienda habitual y centro de intereses vitales), no por dónde está la empresa que te paga. Tu empresa navarra te practicará retenciones, pero la declaración anual la presentas con la escala estatal más el tramo autonómico de La Rioja. Solo si trasladaras tu residencia efectiva a Navarra y permanecieras allí más de 183 días pasarías a la escala foral navarra.

¿Qué deducciones autonómicas pierdo o gano si me mudo de Logroño a la Ribera navarra?

Dejas el catálogo riojano —donde destacan deducciones por rehabilitación de vivienda, segunda residencia en el medio rural y nacimiento o adopción de hijos— y entras en el sistema foral navarro, que tiene sus propios mínimos personales y familiares, deducción por alquiler y por descendientes, regulados directamente por Navarra y no por la normativa estatal. No son equivalentes: Navarra fija sus propias cuantías y condiciones. Conviene revisar caso a caso, porque una familia con hijos pequeños puede encontrar tratamientos muy distintos a un lado y otro del Ebro.

La escala de Navarra, ¿es siempre más alta que la de La Rioja?

No de forma uniforme. La escala foral navarra es marcadamente progresiva y tiende a gravar más los tramos altos, mientras que La Rioja se ha posicionado entre las comunidades de régimen común más competitivas en rentas medias-bajas. El resultado depende de tu tramo: rentas medias pueden encontrar diferencias moderadas, pero en rentas altas la presión foral navarra suele ser superior. Por eso no existe un ganador absoluto; hay que cruzar tu renta concreta con ambas escalas antes de decidir el traslado.

¿Es legal cambiar de residencia fiscal entre Comunidad Foral de Navarra y La Rioja?

Sí, siempre que el traslado sea real y efectivo. El art. 72 LIRPF exige permanecer más de 183 días del año natural en la CCAA donde se declara la residencia, o tener en ella el núcleo principal de intereses económicos. Un empadronamiento ficticio sin vivienda ni trabajo real en la nueva CCAA puede ser impugnado por la AEAT y por la Hacienda autonómica afectada, con liquidaciones retroactivas e intereses de demora.

¿Qué documentación necesito para justificar la residencia en la Comunidad Foral de Navarra o La Rioja?

Contrato de alquiler o escritura, empadronamiento, facturas de suministros (luz, agua, gas), matriculación del vehículo, tarjeta sanitaria autonómica, colegio de los hijos y cualquier documento que acredite presencia efectiva más de 183 días al año. Si trabajas por cuenta propia, también el centro real de explotación (coworking, oficina, almacén) ayuda a defender el cambio.

¿Se puede tributar en La Rioja viviendo en la Comunidad Foral de Navarra?

Legalmente no. La residencia fiscal se determina por hechos objetivos, no por una casilla del IRPF. Si la AEAT o la Hacienda autonómica detectan que el centro de intereses está en otra CCAA, regularizan la renta con sanción. La STS de 12-06-2019 (entre otras) recuerda que la residencia fiscal es una cuestión fáctica, no de declaración.